ATRIBUTOS DE PERSONAS FISICAS Y MORALES

ATRIBUTOS DE PERSONAS FISICAS Y MORALES


Para la legislación civil, tanto federal como local, en México, las personas morales lo son: La Nación, Los Estados y los Municipios, las corporaciones de carácter público reconocidas por la ley, las sociedades civiles o mercantiles, sindicatos, asociaciones de profesionales, sociedades cooperativas y mutualistas, las asociaciones, las personas morales extranjeras de naturaleza privada, y por regla general, todas aquellas que reconozca la ley. Así lo establece el Código Civil Federal de México en su artículo 25

ATRIBUTOS DE UNA PERSONA MORAL

Las características de las personas morales se denominan atributos de la personalidad, y estos son los mismos que tiene una persona física, con excepción del estado civil. Sin embargo, a pesar de tener los mismos atributos, estos se rigen por reglas especiales para las personas morales. Las personas morales se regirán por las leyes correspondientes, por su escritura constitutiva y por sus estatutos. Artículo 28 del Código Civil

1. Denominación o Razón Social: Equivalente al nombre, se compone de dos elementos la denominación o razón social en sentido estricto y el régimen social que es el tipo de persona moral de que se trate como puede ser Sociedad Anónima, Sociedad Civil, etcétera. La denominación se puede elegir de manera libre, sin embargo, cuando se trate de una razón esta se compone en base a reglas establecidas en la ley, por lo general estas reglas se basan en la identificación de los socios.

2. Domicilio: En este caso, será donde la sociedad tenga su administración. Sin embargo, también podrá establecer domicilios convencionales y tendrá también un domicilio fiscal con las particularidades propias del mismo. Las personas morales tienen su domicilio en el lugar donde se halle establecida su administración.

3. Patrimonio: Este se compone por todos los bienes, derechos y obligaciones tasables en dinero que tiene la persona moral, haciendo la aclaración de que el patrimonio moral no es el mismo de las personas físicas que la componen 

4. Capacidad: Finalmente, la capacidad que tienen tosas las personas morales, sin embargo, esta limitada a su objeto social y a su vez, solo puede ser ejercida por conducro de sus representantes, quienes por lo general son sus administradores y directores.

Las personas morales obran y se obligan por medio de los órganos que las representan sea por disposición de la ley o conforme a las disposiciones relativas de sus escrituras constitutivas y de sus estatutos. Artículo 27 del Código Civil

ATRIBUTOS DE PERSONAS FISICAS


“Los atributos de la persona física son un conjunto de caracteres a ella inherentes y cuya razón de ser es precisamente alcanzar con ellos realidad, funcionalidad y eficacia jurídicas en la personalidad de los sujetos


1)   Personalidad   jurídica.  Se   inicia   con   el   nacimiento;   pero  desde   que   se   concibe adquiere derechos, como los hereditarios al declararse como viable (capaz de vivir).

2) Fin de la personalidad. Surge con  la muerte o ante una razón de ausencia la que se formula ante  la  presunción   de  muerte, cesa   la   personalidad, ejemplo, cuando  alguien desaparece y nadie lo encuentra.

3) Capacidad. Es la aptitud para ser titular de derechos y deberes, aptitud para ser sujeto activo   o   pasivo   de  relaciones   jurídicas.   Existe   la   capacidad   de   goce   y   ejercicio, en la primera el individuo es titular de derechos y obligaciones y la capacidad de ejercicio es   la   posibilidad   de  ejecutar   actos   jurídicos   para   hacer   uso   de   los   derechos concedidos a la persona como titular.

4) Nombre. Sirve para designar a una persona. El nombre más el apellido determinan encada sujeto  su identificación personal.

5) Domicilio. Es el lugar donde reside con el propósito de establecerse en él; a falta de éste, el lugar en que tiene el principal asiento de sus negocios; y a falta de uno y otro, el lugar en que se halle. Se presume el  propósito de establecerse en un lugar cuando se reside por más de seis meses en él.

6)   Estado   Civil.  Atributo   exclusivo   de   las   personas   físicas   consiste   en   la   situación particular de las personas respecto de su familia, la sociedad y el Estado.

7) Patrimonio. Conjunto de bienes, derechos, obligaciones y dinero, es decir todo aquello que sea susceptible de valorarse económicamente y que constituye una universalidad.

8) Nacionalidad. Es   la  pertenencia  de   un sujeto   a  un   determinado  espacio   territorial


Atributos de personas físicas y morales, Universidad Mexicana S.C, derecho procesal civil I(5737) Fernanda romero 2017

https://www.studocu.com/es-mx/document/universidad-mexicana-sc/derecho-procesal-civil-i/atributos-de-las-personas-fisicas-y-morales/4117069

https://www.conceptosjuridicos.com/mx/persona-moral/



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